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Asesorías laborales y abogados y abogadas laboralistas

El desarrollo de la oposición antifranquista en general, y las Comisiones Obreras en particular, no se entendería sin la aportación que hicieron los primeros despachos laboralistas que, recordemos, surgieron en España a raíz de que la Ley de Procedimiento Laboral de 1958 posibilitara a los trabajadores la elección de sus propios abogados ante la Magistratura del Trabajo. Hasta esa fecha la defensa jurídica corría obligatoriamente a cargo de los letrados del sindicato vertical, claramente identificados con los intereses de la patronal y empeñados, desde posiciones paternalistas, en evitar cualquier conflicto laboral o social que alterase la paz de Franco. Los primeros abogados y abogadas laboralistas tuvieron, por tanto, que confrontar no sólo con la Magistratura, sino también con la propia jerarquía del sindicato vertical que, desde el comienzo, les puso innumerables obstáculos con el objetivo de evitar que asesorasen a los trabajadores.

Estos despachos laboralistas acometieron una doble labor jurídica: de una parte, asesorar a los trabajadores sobre la normativa laboral y, de otra, comenzar a sentar precedentes en múltiples casos que favorecían los intereses de sus defendidos ensanchando la legalidad franquista. Pero, además, los despachos laboralistas se convirtieron en instrumentos organizativos de primer orden en cuanto propiciaron cobertura para reuniones de militantes del nuevo movimiento obrero, para preparar cualquier proceso de negociación colectiva o para iniciar y extender conflictos laborales. Más allá del asesoramiento de sus profesionales, los despachos se convirtieron en lugares de encuentro, sedes informales para las citas y el trabajo clandestino. Desde los despachos se habilitaron reuniones de trabajadores de una o distintas empresas, conectando sectores y trabajadores de distintas provincias. También desde estos lugares se pusieron en marcha y extendieron las redes de apoyo y solidaridad con los trabajadores encausados y con los presos condenados.

En el plano personal, un número destacable de estos abogados y abogadas antifranquistas se comprometieron con la defensa de los Derechos Humanos y con la lucha por una Justicia democrática. Para ello contribuyeron a movilizar a intelectuales, políticos y juristas de organizaciones extranjeras. De ese trabajo surgieron no sólo manifiestos, declaraciones u otros gestos de indudable repercusión simbólica, sino que además se concretaron acciones específicas en las calles y ciudades europeas y americanas. Muchos de ellos acabarían integrándose en las organizaciones clandestinas que conformaban la oposición a la dictadura. En este sentido es destacable que la abogacía antifranquista constituyó uno de los primeros ámbitos donde, desde fechas tempranas, se dieron actuaciones unitarias del conjunto de la oposición.

Tanto el sistema democrático español como el movimiento obrero les deben un reconocimiento a la labor que desarrollaron estos profesionales que, con escasos recursos en numerosos casos, tuvieron que confrontar con magistrados identificados con el franquismo y que mantenían una prepotencia hacia los trabajadores y hacia los propios letrados defensores. Pero a ellos también les debemos el asesoramiento jurídico en no pocos convenios colectivos y, en algunos casos, la asistencia letrada en los procesamientos de dirigentes obreros ante el Tribunal de Orden Público. Nombres como José Rubín de Celis, Adolfo Cuéllar, José Julio Ruiz, Alfonso de Cossío, Aurora León González –la primera abogada laboralista de Andalucía-, Joaquín Martínez Bjorkman, Juan Sánchez de Miguel, Rafael Sarazá Padilla, Filomeno Aparicio Lobo, Rafael Martínez Ráez, Miguel Medina Fernández-Aceytuno, Fernando Sena, Fernando Martín Mora, Leopoldo del Prado Álvarez, entre otros, deben ser recordados en la memoria colectiva del movimiento obrero andaluz.

Los fondos conservados en el AHCOO-A hasta el momento son:

  • Asesoría Laboral Alonso el Sabio (Sevilla): 1967-1969. Compuesto por 214 expedientes en 4 unidades instalación. Catalogado

  • Despacho de Abogados San Felipe Neri, 11 (Córdoba): 1969-1989. Alojado en 89 unidades de instalación. Parcialmente catalogado

  • Expedientes penales del despacho de Alfonso de Cossío (Sevilla): 1967-1977. Alojado en 1 unidad de instalación. Catalogado

  • Expedientes penales y laborales del despacho de Adolfo Cuellar Contreras (Sevilla): 1962-1979. Compuesto por 43 expedientes en 3 unidades de instalación. Catalogado

  • Asesoría Laboral el Cerro (también conocido como Jiménez Aranda, Sevilla): 1970-1981. Compuesto por 3981 expedientes penales y 7 laborales instalados en 71 unidades. Parcialmente catalogado (expedientes correspondientes al periodo: 1970-1977)

  • Asesoría Laboral de Jaén: 1978-1982. Expedientes recientemente transferidos e instalados en el AHCOO de Andalucía. Pendiente de catalogación

  • Asesoría Laboral de Almería. Compuesto por 112 unidades de instalación. Documentación transferida al AHCCOO en junio de 2011. Pendiente de catalogación